viernes, 29 de noviembre de 2013

RESUMEN Y PRUEBA VIRTUAL DE IDENTIFICAR AL ENTE PAGADOR

RESUMEN IDENTIFICAR AL ENTE PAGADOR DE LA POBLACION NO ASEGURADA SEGUN NORMATIVA VIGENTE

1. LEY DE DESPLAZADOS, PROGRAMA DE TERCERA EDAD, PROTECCIÓN DEL ICBF, REINSERTADOS, VINCULADOS, COPAGOS Y CUOTAS MODERADORAS   

LEY DE DESPLAZADOS (LEY 387 DE 1997 - JULIO 18)  
Por la cual se adoptan medidas para la prevención del desplazamiento forzado; la atención, protección, consolidación y estabilización socioeconómica de los desplazados internos por la violencia en la República de Colombia. 
Se define como DESPLAZADO toda persona que se ha visto forzada a migrar dentro del territorio nacional abandonando su localidad de residencia o actividades económicas habituales, porque su vida, su integridad física, su seguridad o libertad personales han sido vulneradas o se encuentran directamente amenazadas, con ocasión de cualquiera de las siguientes situaciones: Conflicto armado interno, disturbios y tensiones interiores, violencia generalizada, violaciones masivas de los Derechos Humanos, infracciones al Derecho Internacional Humanitario u otras circunstancias emanadas de las situaciones anteriores que puedan alterar o alteren drásticamente el orden público.



PRINCIPIOS DE LA LEY DE DESPLAZADOS 
1. Los desplazados forzados tienen derecho a solicitar y recibir ayuda internacional y ello genera un derecho correlativo de la comunidad internacional para brindar la ayuda humanitaria. 
2. El desplazado forzado gozará de los derechos civiles fundamentales reconocidos internacionalmente. 
3. El desplazado y/o desplazados forzados tienen derecho a no ser discriminados por su condición social de desplazados, motivo de raza, religión, opinión pública, lugar de origen o incapacidad física. 
4. La familia del desplazado forzado deberá beneficiarse del derecho fundamental de reunificación familiar. 
5.  El desplazado forzado tiene derecho a acceder a soluciones definitivas a su situación. 
6. El desplazado forzado tiene derecho al regreso a su lugar de origen. 
7.  Los colombianos tienen derecho a no ser desplazados forzadamente. 
8. El desplazado y/o los desplazados forzados tienen el derecho a que su libertad de movimiento no sea sujeta a más restricciones que las previstas en la ley. 
9. Es deber del Estado propiciar las condiciones que faciliten la convivencia entre los colombianos, la equidad y la justicia social.  

RESPONSABILIDAD DEL ESTADO  
Es responsabilidad del Estado colombiano formular las políticas y adoptar las medidas para la prevención del desplazamiento forzado; la atención, protección y consolidación y estabilización socioecómica de los desplazados internos por la violencia.    

El sistema estará constituido por el conjunto de entidades públicas, privadas y comunitarias que realizan planes, programas, proyectos y acciones específicas, tendientes a la atención integral de la población desplazada y cuyos objetivos serán los siguientes: 
1. Atender de manera integral a la población desplazada por la violencia para que, en el marco del retorno voluntario o el reasentamiento, logre su reincorporación a la sociedad colombiana. 
2. Neutralizar y mitigar los efectos de los procesos y dinámicas de violencia que provocan el desplazamiento, mediante el fortalecimiento del desarrollo integral y sostenible de las zonas expulsoras y receptoras, y la promoción y protección de los Derechos Humanos y el Derecho Internacional Humanitario. 
3.  Integrar los esfuerzos públicos y privados para la adecuada prevención y atención de las situaciones de desplazamiento forzado por la violencia. 
4.  Garantizar un manejo oportuno y eficiente de todos los recursos humanos, técnicos, administrativos y económicos que sean indispensables para la prevención y atención de las situaciones que se presenten por causa del desplazamiento forzado por la violencia.

PLAN NACIONAL PARA LA ATENCIÓN INTEGRAL A LA POBLACIÓN DESPLAZADA POR LA VIOLENCIA 
El Gobierno Nacional diseñará el Plan Nacional para la Atención Integral a la Población Desplazada por la Violencia el cual, una vez aprobado por el Consejo Nacional, será adoptado mediante decreto. Para la elaboración de dicho plan se contará con el concurso de las entidades públicas, privadas y comunitarias que conforman el Sistema Nacional de Atención Integral a la Población Desplazada por la Violencia. 
Las medidas y acciones que se adopten en el Plan Nacional deberán atender las características y condiciones especiales de las "zonas de expulsión" y de las «zonas recepción". Los objetivos del Plan Nacional serán los siguientes, entre otros: 
1. Elaborar diagnósticos de las causas y agentes que generan el desplazamiento por la violencia. 
2. Diseñar y adoptar medidas sociales, económicas, jurídicas, políticas y de seguridad, orientadas a la prevención y superación de las causas que generan el desplazamiento forzado. 
3. Adoptar medidas de atención humanitaria de emergencia a la población desplazada, con el fin de asegurarle su protección y las condiciones necesarias para la subsistencia y la adaptación a la nueva situación. 
4. Crear y aplicar mecanismos que brinden asistencia legal y jurídica a la población desplazada para garantizar la investigación de los hechos, la restitución de los derechos vulnerados y la defensa de los bienes afectados. 
5. Diseñar y adoptar medidas que garanticen a la población desplazada su acceso a planes, programas y proyectos integrales de desarrollo urbano y rural.
6. Adoptar las medidas necesarias que posibiliten el retorno voluntario de la población desplazada a su zona de origen o su reubicación en nuevas zonas de asentamiento. 
7.  Brindar atención especial a las mujeres y niños, preferencialmente a las viudas, mujeres cabeza de familia y huérfanos. 
8. Garantizar atención especial a las comunidades negras e indígenas sometidas al desplazamiento en correspondencia con sus usos y costumbres, y propiciando el retorno a sus territorios.

ATENCION HUMANITARIA DE EMERGENCIA  
Una vez se produzca el desplazamiento, el Gobierno Nacional iniciará las acciones inmediatas tendientes a garantizar la atención humanitaria de emergencia con la finalidad de socorrer, asistir y proteger a la población desplazada y atender sus necesidades de alimentación, aseo personal, manejo de abastecimientos, utensilios de cocina, atención médica y psicológica, transporte de emergencia y alojamiento transitorio en condiciones dignas.
El Sistema General de Seguridad Social en Salud implementará mecanismos expeditos para que la población afectada por el desplazamiento acceda a los servicios de asistencia médica integral, quirúrgica, odontológica, psicológica, hospitalaria y de rehabilitación, de acuerdo con lo establecido en la Ley 100 de 1993. 
La Red de Solidaridad Social dará en las mesas de solidaridad prioridad a las necesidades de las comunidades desplazadas y atenderá a las víctimas de este fenómeno, vinculándolas a sus programas. 
El Instituto Colombiano de Bienestar Familiar dará prelación en sus programas a la atención de los niños lactantes, a los menores de edad, especialmente los huérfanos, y a los grupos familiares, vinculándolos al proyecto de asistencia social familiar y comunitaria en las zonas de asentamiento de los desplazados.  
  
PROGRAMA DE TERCERA EDAD  (DECRETO 731 DE 1995)  
Por el cual se crea la Comisión Tripartita de Concertación para el Desarrollo de Programas para la Tercera Edad, como organismo asesor del Gobierno Nacional, adscrita al Ministerio de Trabajo y Seguridad Social. 




OBJETIVO Y FUNCIONES  
La Comisión tendrá como objetivo el desarrollo de políticas y programas encaminados a proteger y atender a las personas que por razón de su edad, merecen el auxilio de la sociedad y su integración a la comunidad en general. 
Las funciones de la Comisión estarán orientadas a: 
1. Analizar los artículos pertinentes de la Constitución Política relacionados con los derechos de las personas de la tercera edad. 
2. Proponer acciones sobre el reconocimiento positivo de la vejez, el envejecimiento y preparación al pensionamiento. 
3. Recomendar la adopción de planes y programas para el desarrollo de un sistema de servicios sociales que atiendan las necesidades de salud, vivienda, soledad, ocio, cultura y recreación. 
4. Recomendar la adopción de planes y programas para la reinsersión de las personas de la tercera edad a actividades productivas en cooperativas, microempresas, famiempresas y empresas asociativas.
La Comisión estará integrada por los representantes del Gobierno Nacional, de las universidades públicas o privadas y de los pensionados. Por el Gobierno harán parte de la Comisión el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social quien la coordinará, el Ministerio de Salud y la Consejería para la Política Social. Por las universidades públicas o privadas que tienen programas para el desarrollo de la tercera edad, harán parte de la Comisión tres (3) representantes, los cuales serán designados por la Consejería para la Política Social, de temas presentadas por ellas. Por los pensionados, harán parte de la Comisión dos representantes de la Confederación de Pensionados de Colombia y uno de las demás Confederaciones de Pensionados, designados por el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, de temas presentadas por ellas.     

SALUD ORAL EN EL ADULTO MAYOR   
La consecuencia de una inadecuada dentición es una pobre función bucal.  A pesar de la poca demanda de servicios en la tercera edad, el objetivo primordial de la odontología es el mantener una dentición natural, saludable y funcional a través de la vida, con todos los beneficios sociales y biológicos (estética, comfort, masticación adecuada, sentido de gusto habla) que esto da a los pacientes, aportando así desde la profesión odontológica a lo que se considera un envejecimiento exitoso. 
Al tratar a un paciente adulto mayor edéntulo parcial, el odontólogo debería preguntarse cuál es el número mínimo de dientes requerido para satisfacer las demandas funcionales y sociales de ese paciente. La respuesta a esta pregunta aún no está claramente establecida, pero es necesario decir que esté varía individualmente, que depende de factores locales y sistemáticos (condiciones periodontales de los dientes remanentes, actividad oclusal, relación espacial de los dientes remanentes superiores e inferiores, tipo de alimentación y patrones de masticación, capacidad adaptativa y edad) y que las demandas funcionales son dinámicas e individuales y por ende debería serlo también el enfoque del tratamiento odontológico.
  
PROTECCIÓN DEL ICBF 

INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTAR FAMILIAR (ICBF) 
El ICBF, entidad adscrita al Ministerio de la Protección Social, es una de las instituciones más representativas del país. Fue creada en 1968 dando respuesta a problemáticas, tales como la deficiencia nutricional, la desintegración e inestabilidad de la familia, la pérdida de valores y la niñez abandonada. 
El ICBF está presente en cada una de las capitales de departamento, a través de sus regionales y seccionales.
Tiene como misión ser una institución de Servicio Público comprometida con la protección integral de la Familia y en especial de la Niñez. Coordinan el Sistema Nacional de Bienestar Familiar y como tal proponen e implementan políticas, prestan asesoría y asistencia técnica y socio legal a las comunidades y a las organizaciones públicas y privadas del orden nacional y territorial.    



REINSERTADOS 
En Colombia hay más de 33 mil reinsertados es decir; personas hacen parte del proceso de reintegración, liderado por la Alta Consejería para buscar el abandono de las armas de miles de combatientes de organizaciones guerrilleras y paramilitares.



COPAGOS Y CUOTAS MODERADORAS   

Cuota Moderadora: Tiene por objeto regular la utilización del servicio de salud y estimular su buen uso. Aplican solo para el Régimen Contributivo. 

Copagos: Son los aportes en dinero que realizan los usuarios de los servicios de salud y tienen como finalidad ayudar a financiar el sistema.

2. PROCEDIMIENTOS INSTITUCIONALES PARA ENCUESTA PRIORITARIA.  
ENCUESTA PRIORITARIA (SISBEN)

Es un Sistema de Información que permite identificar, cuales son las personas o familias que viven en condiciones de pobreza en los municipios para seleccionarlas y que gocen de beneficios del gobierno, por medio de programas sociales. 
El SISBEN es el Sistema de Identificación de Potenciales beneficiarios de Programas Sociales. Esta es una herramienta de identificación, que organiza a los individuos de acuerdo con su estándar de vida y permite la selección técnica, objetiva, uniforme y equitativa de beneficiarios de los programas sociales que maneja el Estado, de acuerdo con su condición socioeconómica particular.       



BENEFICIOS DEL SISBEN
Si una persona ha sido identificada como potencial beneficiario de los programas sociales, es decir, que el nivel está entre 1 y 3, podrá acceder a los subsidios que otorga el Estado a través de los diferentes programas como:
·         Salud.
·         Subsidios Empleo.
·         Adulto Mayor.
·         Vivienda.
·         Subsidios condicionados.
·         Créditos Educativos.
·         Desayunos Infantiles.  

GLOSARIO SEGÚN DECRETO NUMERO 1192  DE 2010 

Base Certificada del SISBEN: Es la base de datos del SISBEN que envía periódicamente el Departamento Nacional de Planeación, a las entidades territoriales y a los programas sociales del orden nacional o territorial, como resultado de aplicar a la Base Bruta del SISBEN, todos los procesos de control de calidad y los cruces de información necesarios para su depuración.

Base Bruta Municipal del SISBEN: Es la base de datos generada por el municipio a partir de los procesos de actualización de las encuestas. La Base Bruta Municipal del SISBEN es entregada en las fechas de corte de información al respectivo departamento o al Departamento Nacional de Planeación.
Base Bruta Distrital del SISBEN: Es la base de datos bruta generada por Ios distritos a partir de los procesos de actualización de la encuesta. La Base Bruta Distrital del SISBEN es entregada periódicamente al respectivo departamento o al Departamento Nacional de Planeación. 

Base Bruta del SISBEN: Es la base de datos nacional del SISBEN conformada por la unión de las Bases Brutas Municipales y Distritales del SISBEN que fueron entregadas al Departamento Nacional de Planeación en las fechas de corte establecidas. 

Cortes de información: Corresponde a cada uno de los periodos de actualización y envió de información de las Bases Municipales y Distritales del SISBÉN, establecidas por el Departamento Nacional de Planeación a las entidades territoriales. 
  
3. BASE DE DATOS DE VÍA LIBRE, DESPLAZADOS, REINSERTADOS, PROTECCIÓN DE LA NIÑEZ DESAMPARADA  
El diseño de la estructura de las bases de datos, los criterios para el ingreso, suspensión y exclusión de personas en las bases de datos, los procesos de control de calidad y los cruces de información necesarios para la depuración que generan la Base Certificada del SISBEN, son parte constitutiva del proceso de identificación de potenciales beneficiarios de los programas sociales y serán adoptados por el Departamento Nacional Planeación mediante resolución  
Instrumentos de focalización. Decreto 4816 de 2008 - diciembre 23 de 2008.  
El CONPES Social definirá, cada tres años, los criterios e instrumentos para la determinación, identificación y selección de potenciales beneficiarios, así como, los criterios para la aplicación del gasto social por parte de las entidades territoriales. 
      
Principios  
Los instrumentos de focalización se orientarán por los principios de transparencia, igualdad y publicidad de la información que no goce de protección constitucional o reserva legal, así como los demás principios que rigen la función administrativa. En consecuencia, las personas naturales tienen derecho a ser encuestadas, a que sus datos sean oportunamente procesados y a recibir información cierta y oportuna mediante canales de comunicación regulares y públicos.
 
Condiciones de inclusión en las bases de datos  
Cualquier persona natural puede solicitar la inclusión en las bases de datos. Para el efecto, deberá suministrar la información requerida para el diligenciamiento de la ficha de clasificación socioeconómica en su municipio de residencia habitual.   
Los registros en la base de datos pueden ser de tres tipos: 
·         Registro validado: Es aquel registro que permanece con el puntaje y el nivel correspondiente en la base de datos luego de superar todos los procesos de depuración y controles de calidad. 
·         Registro suspendido: Corresponde a los registros glosados, es decir aquellos que por los procesos de depuración y controles de calidad permanecen en la base pero, deben reunir soportes para no ser excluidos.   
·         Registro excluido: Son los registros que no permanecen en la base en razón de los procesos de depuración y controles de calidad de la misma. 

El Departamento Nacional de Planeación - Dirección de Desarrollo Social 
Este ente es el encargado de realizar la coordinación y supervisión de la organización, administración, implementación, mantenimiento y actualización de las bases de datos que conforman los instrumentos del sistema de identificación de potenciales beneficiarios de programas sociales.

4. NORMATIVIDAD DE OTROS
  
ACUERDO NÚMERO 253 DE 2003
Por el cual se aprueba la ampliación de cobertura en el Régimen Subsidiado con excedentes de liquidación de contratos y se dictan otras disposiciones.  

CRITERIOS DE PRIORIZACIÓN DE BENEFICIARIOS DE SUBSIDIOS 
Las alcaldías o Gobernaciones (en el caso de los corregimientos departamentales) elaborarán las listas de potenciales afiliados al Régimen Subsidiado, clasificados en los niveles 1 y 2 de la encuesta SISBEN, en orden ascendente de menor a mayor puntaje y de la más antigua a la más reciente, con su núcleo familiar cuando haya lugar a ello, así como en los listados censales y se priorizará teniendo en cuenta los siguientes criterios:
1. Recién nacidos.
2. Menores desvinculados del conflicto armado, bajo la protección del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar.
3. La población del área rural.
4. Población indígena. 
5. Población del área urbana.
En cada uno de los grupos de población, descritos en los numerales 3, 4 y 5 anteriores, se priorizarán los potenciales afiliados en el siguiente orden:
1. Mujeres en estado de embarazo o período de lactancia que se inscriban en programas de control prenatal y posnatal.
2. Niños menores de cinco años.
3. Población con discapacidad identificada mediante la encuesta SISBEN. 
4. Mujeres cabeza de familia, según la definición legal. 
5. Población de la tercera edad. 
6. Población en condición de desplazamiento forzado. 
7. Núcleos familiares de las madres comunitarias.
8. Desmovilizados.  

Parágrafo 1°
Los recién nacidos, la población infantil menor de 5 años y los
menores desvinculados del conflicto armado bajo la protección del ICBF, prioritarios según lo establecido en el presente acuerdo, podrán afiliarse sin su grupo familiar. 

Parágrafo 2°
En cualquier caso, el listado de priorizados deberá estar disponible entre 150 y 120 días calendario antes del proceso de contratación y no podrá ser modificado durante el siguiente año. En este caso el Ministerio de la Protección Social autorizará la modificación de las bases de datos.  

Parágrafo 3°
Al listado de priorizados de menores desvinculados del conflicto armado, bajo la protección del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, tampoco se le aplica el plazo de disponibilidad. El ICBF será responsable de la información requerida por el Sistema de Seguridad Social en Salud para afiliar este grupo de población, verificando previamente que no se encuentre actualmente afiliado a los regímenes contributivo y subsidiado.  

Parágrafo 4°
Como principio general la encuesta SISBEN no podrá ser aplicada por las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud.  

POS SUBSIDIADO  
Es el conjunto de servicios de Salud a los que tiene derecho un usuario, cuya finalidad es la Promoción de la Salud, la Prevención de la Enfermedad, la curación de diferentes patologías, en caso de presentarse, y la rehabilitación de la misma de acuerdo con la normatividad vigente.  

¿CÓMO SE IDENTIFICAN ESTOS GRUPOS? 
Cada municipio identifica la población potencial mediante la aplicación de la Encuesta SISBÉN (Sistema de Selección de Beneficiarios a Programas Sociales), mediante el listado censal de las comunidades indígenas, mediante la certificación de la población infantil abandonada expedida por el ICBF, o mediante la identificación de la población indigente en los formatos establecidos o en los instrumentos que hagan sus veces.   

INSTRUMENTOS DE IDENTIFICACIÓN PARA BENEFICIARIOS DEL SISBEN  
·         Población infantil abandonada: El Instituto Colombiano de Bienestar Familia (ICBF) realiza el listado censal.  
·         Población Indigente: La Alcaldía elabora el listado censal.  
·         Población en condiciones de desplazamiento forzado: Sistema Único de Registro de la Red de Solidaridad Social.  
·         Comunidades Indígenas: Según lo previsto en el Artículo 5 de la Ley 691/01.  
·         Población desmovilizada: Listado elaborado por la Secretaría Especial para la Reinserción del Ministerio del Interior.  
·         Núcleos Familiares Madres Comunitarias: Listado elaborado por el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar. 
·         Personas de la tercera edad en protección de casas de refugio para hombres y mujeres (ancianatos): Listado elaborado por la entidad territorial. 
·         Población Rural Migratoria: Listado elaborado por gremios agrícolas o las organizaciones de usuarios.    

¿QUIÉN SE AFILIA AL POS-S?  
El núcleo familiar compuesto por:  
·         Cónyuge o compañero permanente.
·         Hijos menores de 18 años de cualquiera de los dos cónyuges o compañeros permanentes.
·         Hijos mayores de 18 años con discapacidad permanente certificada.
·         Hijos entre 18 y 25 cuando sean estudiantes de tiempo completo y que dependan económicamente de la cabeza del núcleo familiar.
·         Cuando existan otros miembros distintos a los mencionados anteriormente, estos continuarán afiliados en forma individual, siempre y cuando cumplan con los criterios de priorización.  
Documentos de identificación que se requieren para afiliarse: 
·         Menores de 7 años: Registro Civil con NUIP (Número Único de Identificación Personal).
·         Menores de 18 años: Tarjeta de Identidad.
·         Mayores de 18 años: Cédula de Ciudadanía o Cédula de Extranjería en los casos de residentes extranjeros.  
Tiempo mínimo de permanencia en el Régimen Subsidiado:  
Tres (3) años continuos.       


DECRETO 2357 DE 1995
 
ARTICULO 1° OBJETO   
El presente Decreto reglamenta la organización del régimen subsidiado del Sistema General de Seguridad Social en salud, en especial aquellos aspectos relacionados con las entidades autorizadas para la administración de subsidios de salud.    

ARTICULO 2° REGIMEN SUBSIDIADO  
De conformidad con lo establecido en la Ley 100, el régimen subsidiado es el conjunto de normas que rigen la vinculación de los individuos y de su núcleo familiar al sistema general de seguridad social en salud, cuando tal vinculación se hace a través del pago total o parcial de una Unidad de Pago por Capitación Subsidiada, con recursos fiscales o de solidaridad.    

ARTICULO 3° DIRECCION DEL REGIMEN SUBSIDIADO A NIVEL NACIONAL 
La dirección, control y vigilancia del régimen subsidiado del Sistema General de seguridad Social en Salud, corresponde a la Nación, quien la ejercerá a través del Ministerio de Salud. La Superintendencia nacional de Salud y el Consejo Nacional de Seguridad Social en Salud.   

ARTICULO 5° ENTIDADES ADMINISTRADORAS DEL REGIMEN SUBSIDIADO  
Podrán administrar los recursos del régimen subsidiado del sistema general de seguridad social en salud, las Empresas Solidarias de Salud - ESS -, las Cajas de Compensación Familiar y las Entidades promotoras de Salud - EPS- de naturaleza pública, privada o mixta, que cumplan con los requisitos exigidos en el presente decreto. 

ARTICULO 6° EMPRESAS SOLIDARIAS DE SALUD  
Las Empresas Solidarias de Salud estarán autorizadas para afiliar a los beneficiarios del régimen subsidiado, con el objetivo de garantizar la prestación del POS-S, cuando acrediten ante la Superintendencia Nacional de Salud un patrimonio equivalente a 100 salarios mínimos legales mensuales vigentes por cada cinco mil afiliados. Este patrimonio podrá estar compuesto por los aportes de los asociados, las donaciones y los excedentes que logre capitalizar.    

ARTICULO 7° CAJAS DE COMPENSACION FAMILIAR   
Las Cajas de Compensación Familiar podrán administrar los recursos del Régimen Subsidiado siempre y cuando presenten a la Superintendencia Nacional de Salud para su aprobación: 
1) El diseño de un programa especial para la administración de subsidios en donde demuestren su capacidad técnica y científica para organizar la prestación de servicios de salud. 
2) La constitución de una cuenta independiente del resto de sus rentas y bienes, con los recursos destinados a los subsidios de salud.  
  
ARTICULO 9° ENTIDADES PROMOTORAS DE SALUD       
Podrán participar en la administración del régimen subsidiado las Entidades Promotoras de Salud, legalmente constituidas, con autorización de funcionamiento vigente expedida por la Superintendencia Nacional de Salud, siempre y cuando administren los recursos del régimen subsidiado en cuentas independientes del resto de sus rentas y bienes.  
  
ARTICULO 11° ASOCIACION, CONSORCIO O CONVENIO  
Para la acreditación del cumplimiento de los requisitos anteriormente señalados, las Empresas Solidarias de Salud y las Cajas de Compensación Familiar, podrán asociarse o suscribir convenios entre sí, con otras entidades de su misma naturaleza y con Entidades Promotoras de Salud.
   
ARTICULO 18° CUOTAS DE RECUPERACION  
Son los dineros que debe pagar el usuario directamente a las instituciones Prestadoras de Servicios de Salud en los siguientes casos: 
1. Para la población indígena y la indigente no existirán cuotas de recuperación.  
2. La población no afiliada al régimen subsidiado identificada en el nivel 1 del SISBEN o incluidas en los listados censales pagarán un 5% del valor de los servicios y en el nivel 2 del SISBEN pagarán un 10% del valor de los servicios.    3. Para la población identificada en el nivel 3 de SISBEN pagará hasta un máximo del 30 % del valor de los servicios.
4. Para la personas afiliadas al régimen subsidiado y que reciban atenciones por servicios no incluidas en el POS-S, pagarán de acuerdo con lo establecido en el numeral 2 del presente artículo.
5. La población con capacidad de pago pagará tarifa plena.

BIBLIOGRAFIA O DOCUMENTOS DE REFERENCIA
·         Decreto 731 de 1995 - 3 de mayo.
·         Decreto 2357 de 1995 - 29 de diciembre.
·         Ley 387 de 1997 - julio 18.
·         Ley 812 de 2003 - junio 26.
·         Acuerdo número 253 de 2003 - 5 de diciembre.
·         Decreto 4816 de 2008 - diciembre 23.
·         Decreto número 1192  de 2010.  

PRUEBA VIRTUAL

1. Defina desplazado y reinsertado.

2. ¿Cual es el decreto por el cual se crea la Comisión Tripartita de Concertación para el 
    Desarrollo de Programas para la Tercera Edad?  

3. ¿En que régimen se cobra cuota moderadora? ¿Quienes la deben pagar? ¿A que 
    servicios se les cobra cuota moderadora? Diga 2 ejemplos.

4. Diga los tres tipos de registro en las bases de datos del SISBEN?

5. ¿Que son las cuotas de recuperación? ¿Que población no paga cuotas de recuperación?

El plazo para la prueba virtual es hasta el lunes 02 de diciembre a las 12:00 am.
Lo deben enviar a mi correo.

María del Pilar Hurtado M.
Odontóloga Universidad CES
Gerencia en Seguridad Social
Docente Auxiliar en Salud Oral CEDECO
Correo: mapihm@gmail.com

lunes, 25 de noviembre de 2013

RESUMEN Y PRUEBA VIRTUAL DE PARTICIPAR EN LOS PROCEDIMIENTOS PARA LA PREVENCION Y ATENCION DE EMERGENCIAS



RESUMEN PARTICIPAR EN LOS PROCEDIMIENTOS PARA LA PREVENCION Y ATENCION DE EMERGENCIAS

Amenaza: Es un fenómeno o proceso natural o causado por el ser humano que puede poner en peligro a un grupo de personas, sus cosas y su ambiente.
Tipos de amenazas:
·         Naturales: Terremotos, sismos, erupciones volcánicas, deslizamientos, maremotos, tsunamis, huracanes.
·         Provocadas por el ser humano: Explosiones, incendios, derrames de sustancias tóxicas, guerras, terrorismo.

Vulnerabilidad: Es la incapacidad de resistencia cuando se presenta un fenómeno amenazante, o la incapacidad para reponerse después de que ha ocurrido un desastre. En realidad, la vulnerabilidad depende de diferentes
factores, tales como la edad y la salud de la persona, las condiciones higiénicas y ambientales así como la calidad y condiciones de las construcciones y su ubicación en relación con las amenazas.

Riesgo: Es la probabilidad de que una amenaza se convierta en un desastre. La vulnerabilidad o las amenazas, por separado, no representan un peligro. Pero si se juntan, se convierten en un riesgo, o sea, en la probabilidad de que ocurra un desastre.

Desastre: También  se conoce como catástrofe es un hecho natural o provocado por el ser humano que afecta negativamente a la vida, al sustento o a la industria
y desemboca con frecuencia en cambios permanentes en las sociedades humanas, en los ecosistemas y en el medio ambiente. Una catástrofe es un suceso que tiene consecuencias terribles.
Tipos de desastres:

·         Naturales: Meteorológicos como los tornados, topográficos como las avalanchas,  
     subterráneos como tsunamis, biológicos las enfermedades.
·         Provocados por el hombre: Guerras, desastres civiles, accidentes, explosiones.




 

























 
¿QUÉ ES LA PREVENCIÓN Y MITIGACIÓN DE DESASTRES?
La prevención y mitigación son todo lo que hacemos para asegurarnos de que no suceda un desastre o, si sucede, que no nos perjudique tanto como podría.

Evacuación: Conjunto de acciones y procedimientos para establecer una distancia entre la fuente del riesgo y las personas amenazadas, mediante el desplazamiento de estas, a través de rutas seguras a un sitio seguro.

Plan de evacuación: Es el conjunto de acciones y procedimientos óptimos que establecen una distancia ideal entre la fuente del riesgo y la comunidad amenazada, mediante el desplazamiento de la comunidad a través de rutas seguras en tiempo mínimo a un sitio seguro o punto de encuentro.
El plan describe las acciones que deben realizarse antes, durante y después de la presentación de una emergencia y tiene en cuenta las amenazas, la vulnerabilidad y los efectos esperados, así como las responsabilidades que los diversos componentes de la organización deben asumir en cada caso específico.
Un plan de evacuación se realiza en caso de: Incendio, amenaza terrorista, inundación, deslizamiento o sismo.
En un plan de evacuación participan todos los que estén en la institución, empresa. La participación de cada uno es fundamental para el éxito del ejercicio.

Emergencia: Es el estado de perturbación súbito que puede poner en peligro la estabilidad de un sistema.
Tipos de emergencias:
·         Natural: Sismos, inundaciones, deslizamientos
·         Social: Terrorismo, amenaza de explosivos, incendios, motines.
·         Tecnológico: Fuga de gases, tóxicos, uso de equipos a presion, uso de corrosivos o reactivos.


Simulacro: Es la representación y ejecución de respuestas de protección. Realizado por un conjunto de personas ante la presencia de una situación de emergencia ficticia. En él se simulan diferentes escenarios, lo más cercano a la realidad, con el fin de probar y preparar una respuesta eficaz ante posibles situaciones reales de desastre llevarlos a cabo. 

Alarma o señal de evacuación: Es el sonido continuo que nos indica que debemos iniciar de manera ordenada e inmediata el proceso de evacuación. Este sonido debe ser diferente a
todos los demás y fácilmente identificable por todos los miembros de la comunidad.
Al escuchar la señal de evacuación se debe realizar:
·         Evite el pánico, conserve la calma y proceda.
·         Interrumpa inmediatamente sus actividades.
·         Absténgase de buscar o dejar objetos en su locker, proceda a la evacuación.
·         Solo lleve sus documentos, dinero y objetos de valor (si es posible).
·         De ser posible apague y desenchufe los equipos eléctricos.
·         No devolverse por ningún motivo.
·         Dar prelación a los más pequeños, discapacitados y personas con mayor exposición al riesgo.
·         Si hay humo, debemos desplazarnos agachados.
·         Salga calmado (a) y asegúrese que todas las personas que estaban con usted en la actividad también se retiren hacia el punto de encuentro (previamente establecido).
Al escuchar la señal de evacuación no se debe realizar:
·         No grite y esté atento a las indicaciones del coordinador de piso o de quien dirige la
           evacuación.
·         No se desespere, mantenga la calma y trate de calmar a los demás, no corra, no grite.
·         Trate de ayudar a sus compañeros de evacuación.
·         Sí durante la evacuación pierde algún objeto u olvida algo no trate de recuperarlo.
·         Continúe hasta el punto de encuentro.

Punto de encuentro: Es el SITIO SEGURO que se ha convenido con todos anteriormente y al que debemos llegar, luego de la evacuación.
Procedimientos al llegar al punto de encuentro:
·         Ayude al recuento del personal evacuado, informe al coordinador.
·         Determine con seguridad si falta alguien o si se presenta alguna eventualidad.
·         Permanezca con calma en el sitio de reunión reciba y atienda las instrucciones del coordinador o del equipo de evacuación.

“ES MEJOR ESTAR PREPARADOS PARA ALGO QUE NO VA A SUCEDER, A QUE SUCEDA ALGO PARA LO CUAL NO ESTAMOS PREPARADOS.”

Brigadas de Emergencia: Son grupos de personas organizadas y capacitadas para emergencias, mismos que serán responsables de combatirlas de manera preventiva o ante eventualidades de un alto riesgo, emergencia, siniestro o desastre, dentro de una empresa, industria o establecimiento y cuya función está orientada a salvaguardar a las personas, sus bienes y el entorno de los mismos.


Tipos de brigadas de emergencia:


ü  Brigada de evacuación: Es la encargada de colocar y mantener en buen estado la señalización, dar la señal de evacuación, participar tanto en los ejercicios de desalojo, como en situaciones reales, llevando a los grupos de personas hacia las zonas de menor riesgo y revisando que nadie se quede en su área de competencia, determinar los puntos de reunión, verificar que las rutas de evacuación estén libres de obstáculos, en caso que se encuentre obstruida indicar las rutas alternas de evacuación y realizar un censo de las personas al llegar al puntos de reunión.


·         Brigada de primeros auxilios: Es la encargada de instalar el puesto de socorro necesario para atender el alto riego, emergencia, siniestro o desastre, proporciona los cuidados inmediatos y temporales a las víctimas en tanto se recibe la ayuda médica especializada y mantener actualizado, vigente y en buen estado los botiquines y medicamentos.


·         Brigada de prevención y combate de incendios: Es la encargada de evitar que se produzcan daños y pérdidas como consecuencia de una amenaza de incendio, vigilar el mantenimiento del equipo contra incendio, vigilar que no haya sobrecarga de líneas eléctricas, vigilar que el equipo contra incendio sea de fácil localización y no se encuentre obstruido, verificar que las instalaciones eléctricas  y de gas ofrezcan seguridad, conocer el uso de equipos extinción.


·         Brigada de comunicación: Es la encargada tener un listado de números telefónicos de los cuerpos de auxilio en la zona y darlo a conocer a conocer a todo el personal, hacer las llamadas a los cuerpos de auxilio, recibir la información de cada brigada, de acuerdo al alto riesgo, emergencia, siniestro o desastre que se presente, para informarle al Coordinador General y cuerpos de emergencia y emitir después de cada simulacro reporte de los resultados con  el fin de mantenerlos actualizados e informados en los avances de la empresa en materia de protección civil.


Características de los brigadistas:

·         Vocación de servicio y actitud dinámica.

·         Tener buena salud física y mental.

·         Disposición de colaboración.

·         Don de mando y liderazgo.

·         Conocimientos previos de la materia.

·         Capacidad para la toma de decisiones.

·         Criterio para resolver problemas.

·         Responsabilidad, iniciativa, formalidad, aplomo y cordialidad.

·         Estar consciente de que esta actividad se hace de manera voluntaria y motivado para el buen desempeño de esta función.


Funciones generales de los brigadistas:

·         Ayudar a las personas a guardar la calma en casos de emergencia.

·         Accionar el equipo de seguridad cuando lo requiera.

·         Difundir entre la comunidad del centro de trabajo, una cultura de prevención de emergencias.

·         Dar la voz de alarma en caso de presentarse un alto riesgo, emergencia, siniestro o desastre.

·         Utilizar sus distintivos cuando ocurra un alto riesgo, emergencia, siniestro o desastre o la posibilidad de ellos, así como cuando se realicen simulacros de evacuación.

·         Suplir o apoyar a los integrantes de otras brigadas cuando se requiera.

·         Cooperar con los cuerpos de seguridad externos.


Primeros auxilios: Son los cuidados inmediatos, adecuados y provisionales que pueden brindarse a un lesionado o accidentado, en el lugar donde ocurre el accidente, incluyen una evaluación primaria del grado de la lesión y una intervención temporal mientras el lesionado es trasladado a un centro asistencial (ambulatorio/hospital), teniendo esto en cuenta, los primeros auxilios podrían ser administrados por cualquier persona y van en caminados a ser temporales.



PAS: Principios básicos de los primeros auxilios, los cuales son proteger, avisar y socorrer.
Principios Generales de los primeros auxilios:
Estar tranquilo, pero actuar rápidamente.
Hacer una composición de lugar.
Mover al herido con gran precaución.
Examinar bien al herido.
No hacer más que lo indispensable.
Mantener al herido caliente.
No dar jamás de beber a una persona inconsciente.
Tranquilizar a la víctima.
No dejar nunca solo al accidentado.
Normas básicas de primeros auxilios:
·         Desmayo, mareo y lipotimia.
    1. ¿Qué es desmayo y mareo?

        Es la pérdida temporal de conocimiento producida porque la afluencia de sangre el cerebro es inferior al 50%.

    2. ¿Qué es una lipotimia?

        Es un desmayo o mareo provocado por el calor, los ambientes cerrados o las emociones fuertes.

    3. ¿Qué puedo hacer?
Ante un mareo: sentar al afectado haciendo que apoye su cabeza entre las piernas o tumbarlo en el suelo boca arriba colocándole las piernas en alto.

Ante un desmayo: tumbar al afectado en el suelo boca arriba colocándoles las piernas en alto.
Aflójale cualquier prenda de vestir que comprima su cuello, toráx o cintura para que respire bien.
Procura que el lugar donde se encuentre esté bien ventilado.
si al rato no se le pasa, se deberá acudir al médico.

·         Esguince
¿Qué es?
        Es el estiramiento excesivo o rotura de un ligamento articular por un golpe, caída o torcedura excesiva de una articulación.

        Las articulaciones más afectadas son los tobillos, dedos, rodillas y muñecas.


2. ¿Qué puedo hacer?
 Aplicar frío sobre la zona afectada (bolsa de hielo envuelta en un trapo) para disminuir el hinchazón y calmar el dolor.
Inmovilizar la zona afectada con un vendaje.
Elevar la zona afectada dando reposos a la articulación.
Acudir el médico.



·         Fracturas o Fisura

    ¿Qué es?

        Es la rotura de algún hueso como consecuencia de un fuerte golpe o caída.

        Sólo una radiografía asegura si se ha roto algún hueso, pero tendremos alguna pista si duele mucho y la persona no puede mover la zona afectada o se la hinchado o deformado.

     


    ¿Qué puede hacer?
Tranquilizar al paciente y moverlo lo menos posible. No quitar la ropa de la zona herida pues esto puede producir mayor dolor.
Inmovilizar la zona afecta en la misma posición en la que esté con un vendaje o cabestrillo. Si hay desplazamiento de huesos no intentar alinearlos.
Llevar el herido al médico.

·         Hemorragia Nasal

    ¿Qué es?

        Es la salida de sangre por la nariz tras un golpe fuerte por introducir algo en el ella u otros motivos (tropezar con un compañero/a)


    ¿Qué puedo hacer?
Tranquilizar al paciente.
Con un pañuelo o gasa limpiar la sangre próxima a las fosas nasales.
Lavar la cara y la nariz. No sonarse.
Presionar la parte superior de la nariz con dos dedo a modo de pinza durante unos 3 minutos aproximadamente y respirar por la boca. Si no se corta repetir de nuevo.

·         Heridas o Hemorragias
    CORTES O HEMORRAGIAS SUPERFICIALES.
            ¿Qué son? Son erosiones que sufren la piel ante una caída y que ocasiona una pequeña hemorragia y enrojecimiento de la zona afectada.

            ¿Qué puede hacer?
Lavar la zona afectada con un chorro de agua para desprender la tierra u otros cuerpos extraños para que no se infecte la herida.
Si la herida sangra moderadamente aplicar una gasa limpia durante unos minutos.
Aplicar algún desinfectante líquido.
Tapar la zona afectada con una gasa limpia y esparadrapo o un tirita.

PRUEBA VIRTUAL

     1. Diga 4 funciones de la brigada de primeros auxilios.
     2. Diga 3 principios generales de los primeros auxilios.
     3. ¿Que es una lipotimia?
     4. ¿Que debe realizarse ante un mareo o un desmayo?
     5. ¿Que debe realizarse cuando se presenta una fractura? 

El plazo para la prueba virtual es hasta el jueves 05 de diciembre a las 12:00 am.
Lo deben enviar a mi correo.

María del Pilar Hurtado M.
Odontóloga Universidad CES
Gerencia en Seguridad Social
Docente Auxiliar en Salud Oral CEDECO
Correo: mapihm@gmail.com